VII Conferencia de las Partes del Protocolo de Cartagena en Corea del Sur

RED POR UNA AMÉRICA LATINA
LIBRE DE TRANSGÉNICOS
BOLETÍN 583

LA VII CONFERENCIA DE LAS PARTES DEL PROTOCOLO DE CARTAGENA

 En la ciudad de Pyeongchang – Corea del Sur, tiene lugar esta semana la VII Reunión de las Partes del Protocolo de Cartagena.

El Protocolo de Cartagena es un protocolo del Convenio sobre la Diversidad Biológica, que regule específicamente el comercio internacional de transgénicos, que en el protocolo se los conoce como organismos vivos modificados (OVM).

Algunos de los temas críticos a ser tratados en la Reunión incluyen:

Manipulación, transporte, envasado e identificación de organismos vivos modificados.
La reunión de las Partes en el Protocolo decidió que se debe adoptar medidas para asegurar que la documentación que acompaña a los organismos vivos modificados destinados para uso directo como alimento humano o animal, o para procesamiento (OVM-AHAP), indique con claridad lo siguiente:
a) en aquellos casos en los que se conoce la identidad de los organismos vivos modificados, por medios tales como los sistemas de preservación de identidad, que el envío contiene OVM-AHAP.

b) en aquellos casos en los que no se conoce la identidad de los OVM por medios tales como los sistemas de preservación de identidad, que el envío puede contener uno o más OVM-AHAP
c) que los OVM no están destinados a la introducción deliberada en el medio ambiente

d) los nombres comunes, científicos y, de existir, comerciales de los organismos vivos modificados

e) el código del  suceso de transformación de los OVM, o de existir, como clave para tener acceso a la información del Centro de intercambio de información sobre seguridad de la biotecnología, su código identificador exclusivo

f) a dirección de Internet del Centro de intercambio de información sobre seguridad de la biotecnología para obtener más información.

En esta reunión, se va a presentar una recopilación hecha por la Secretaría sobre la
experiencia adquirida en la identificación y documentación de los envíos
de organismos vivos modificados destinados para uso directo como alimento humano o animal, o para procesamiento, los obstáculos y desafíos, la necesidad de creación de capacidad y la cuestión de si es o no pertinente utilizar un documento autónomo para identificación.  

En esta reunión se considerarán los siguientes aspectos:
Tomar nota de la información enviada por los países

Pedir a las Partes que continúen adoptando medidas que garanticen la aplicación de los requisitos establecidos por el Protocolo

Continuar identificando los movimientos transfronterizos de los organismos vivos modificados destinados para uso directo como alimento humano o animal o para procesamiento, incorporando la información requerida por el Protocolo,  en la documentación que acompaña a los organismos vivos modificados

Promover la cooperación para cumplir con este requisito

Decidir si se debe seguir examinando la necesidad de un documento autónomo teniendo en cuenta las respuestas a la pregunta pertinente del tercer informe nacional y los resultados pertinentes de la tercera evaluación y examen de la eficacia del Protocolo

El tema de la documentación que acompaña a las exportaciones de transgénicos es uno de los temas más controversiales del Protocolo, aun cuando éste estaba en su etapa de negociación, y como se puede apreciar, sigue siendo un tema controversial, porque las decisiones tomadas durante las 6 conferencias de las partes que han precedido a esta, no han hecho sino dilatar una decisión significativa, que permita a los países saber qué tipo de alimentos están entrando a sus países.

El  movimientos transfronterizos intencionales de transgénicos:

De acuerdo a la organización Red del Tercer Mundo, hay varios escenarios posibles a través de los cuales pueden ingresar aun país transgénicos de manera involuntaria:  
· Movimientos transfronterizos involuntarios de transgénicos no autorizados
· Una evaluación del riesgo puede o no se han llevado a cabo en el Partido o del Estado que recibe los transgénicos  (por ejemplo el maíz MIR162 o la alfalfa resistente a los herbicidas).
· En algunas situaciones, el movimiento transfronterizo involuntario podría implicar un OVM que es desaprobado en cualquier parte del mundo (por ejemplo, el arroz LL601, el trigo tolerante a herbicidas de Monsanto el maíz Bt10).

Un movimiento transfronterizo involuntario también podría significar que los cultivos transgénicos no probados y que impliquen riesgos aun mayores que los ya registrados, por ejemplo, los destinados a la producción de bioquímicos industriales o farmacéuticos,entren en el sistema de alimentos y piensos.  Cuando este tipo de contaminación se produce en forma de semillas o grano que mantiene  su capacidad de reproducir o de transmitir su información genética a otros organismosla posibilidad de que hay unamayor contaminación de los alimentospiensos, semillas y especies silvestres es grande.

Lo que se espera de la MOP es que se  establezcan medidas para prevenir los movimientos transfronterizos involuntarios. Estos incluye controles estrictos, pruebas de campo y las plantaciones comerciales, y la vigilancia para garantizar que no ha habido ningún escape involuntario de un transgénico.

Es necesario que haya una identificación con información clara sobre el contenido de las exportaciones, un sistema de segregación, identificación, de tal manera que los transgénicos no autorizado entren en la cadena alimentaria . Este sistema permitiría reducir las posibilidades de movimientos transfronterizos involuntarios que ocurren.

Además se necesita desarrollar medidas de emergencia para enfrentar las liberaciones involuntarias de transgénicos.

Los temas a ser tratados en la COP VII son:

a)        Recordar a las Partes sus obligaciones e invitar a otros Gobiernos a registrar en el Centro de Intercambio de Información sobre Seguridad de la Biotecnología todas sus decisiones sobre organismos vivos modificados y evaluaciones del riesgo relacionadas, de conformidad con los requisitos del Protocolo, con especial énfasis en los primeros movimientos transfronterizos intencionales de organismos vivos modificados que estén destinados a pruebas de campo para su introducción deliberada en el medio ambiente, puesto que esta categoría actualmente no está lo suficientemente representada en el Centro de Intercambio de Información sobre Seguridad de la Biotecnología;
 b)       Invitar a las Partes y otros Gobiernos a enviar al Secretario Ejecutivo información y estudios de casos relativos a sus mecanismos existentes para medidas de emergencia en caso de movimientos transfronterizos involuntarios de organismos vivos modificados que es probable que tengan efectos adversos significativos para la conservación y utilización sostenible de la diversidad biológica, teniendo también en cuenta los riesgos para la salud humana;
 c)       Alentar a las Partes y otros Gobiernos, sin perjuicio del artículo 21 sobre información confidencial, a garantizar que la información proporcionada por un notificador al momento de la notificación incluya toda la información necesaria para detectar e identificar al organismo vivo modificado, tales como, según corresponda, secuencias de vectores, elementos genéticos modificados y sus regiones flanqueantes;
 d)       Pedir a la Red en línea de laboratorios para la detección e identificación de organismos vivos modificados que continúe trabajando en el desarrollo de herramientas técnicas y orientación pertinentes para la detección e identificación de OVM;
 e)       Pedir al Secretario Ejecutivo que:
 i)        Continúe organizando deliberaciones en línea a través de la Red de laboratorios dedicados a la detección e identificación de OVM;
 ii)       Recopile y resuma la información y estudios de casos enviados por las Partes acerca de sus mecanismos existentes para medidas de emergencia en caso de movimientos transfronterizos involuntarios de organismos vivos modificados;
 iii)      Organice, en colaboración con las organizaciones pertinentes y sujeto a la disponibilidad de fondos, actividades de creación de capacidad tales como talleres de capacitación en línea y en persona sobre muestreo, detección e identificación de OVM para asistir a las Partes en el cumplimiento de los requisitos establecidos en el artículo 17 y orientados al logro de los resultados pertinentes del Plan Estratégico;
 iv)      Solicite mayor asistencia de un comité asesor oficioso, constituido y coordinado de manera transparente, prestando especial atención a la orientación sobre temas pertinentes para la detección e identificación de OVM, incluido el mayor desarrollo de herramientas técnicas y orientación para facilitar la adopción de respuestas apropiadas ante los movimientos transfronterizos involuntarios, a través de una reunión en persona.

Consideraciones socioeconómicas

De acuerdo a Georgina Catacora, quien ha seguido las negociaciones en este tema, se define como consideraciones socio-económicas al conjunto de consecuencias sociales y económicas interrelacionadas que resultan de los cambios derivados de la introducción de transgénicos en el ambiente, y que deben ser tomados en cuenta en los procesos de bioseguridad.

Las consideraciones socio-económicas varían de una región a otra, interactúan y son influidos por múltiples factores de manera simultánea (por ejemplo, factores económicos, sociales, culturales, políticos y éticos), son dinámicos como resultado de la relación sociedad – naturaleza.

Lo que se debatirá en la MOP incluye los siguientes aspectos:

 Que se Convoque grupos de debate en línea para facilitar el intercambio de opiniones, información y experiencias relacionadas con consideraciones socioeconómicas, por ejemplo sobre: a) la interfaz entre la evaluación de riesgos y las consideraciones socioeconómicas, b) aspectos de las consideraciones socioeconómicas relacionados con la salud humana, y c) obligaciones internacionales que puedan ser pertinentes a las consideraciones socioeconómicas.

Recopilar información sobre: a) políticas, leyes, reglamentos y directrices que proporcionen definiciones de consideraciones socioeconómicas, y b) aplicaciones prácticas de consideraciones socioeconómicas a la hora de tomar decisiones sobre organismos vivos modificados, incluyendo casos en los que se han considerado los impactos socioeconómicos.

Encargar un estudio de acuerdos internacionales que puedan tener relevancia para las consideraciones socioeconómicas tal y como dispone el artículo 26 del Protocolo de Cartagena sobre Seguridad de la Biotecnología

Como se puede apreciar, se trata de dilatar una decisión al respecto, a través de la realización de estudios, a pesar de que los impactos sociales y económicos están ya claramente establecidos en los lugares donde se producen cultivos transgénicos.

Uso confinado de OVM

Los organismos transgénicos que se producidos y usados de manera confinada, son generalmente los más peligrosos, pues incluye transgénicos que producen vacunas, drogas, o que son manipulados para que produzcan ciertas enfermedades, etc.

Los temas a tratarse en este tema son:

a)        Invitar a las Partes y a otros Gobiernos a presentar al Secretario Ejecutivo información, herramientas y orientaciones atinentes a sus mecanismos vigentes y a los requisitos conexos al uso confinado de los organismos vivos modificados, incluido todo requisito específico conexo al tipo y grado de confinamiento;
b)        Pedir al Secretario Ejecutivo que cree secciones sobre la seguridad de la biotecnología en el mecanismo de facilitación en las que la información pueda añadirse y seleccionarse selectivamente y sin dificultad;
c)        Considerar, en su octava reunión, habida cuenta de la información facilitada en el apartado a) antedicho, si el desarrollo de herramientas y orientaciones y/o actividades de creación de capacidad es necesario para facilitar la aplicación de las disposiciones del Protocolo sobre el uso confinado de organismos vivos modificados.

Evaluación y gestión de riesgos

El tema en debate sobre la evaluación y gestión del riesgo, es sobre si las Partes del Protocolo deben contar con un más o  estándar sobre cómo lleva a cabo la gestión de riesgo, sobre todo de organismos transgénicos con los que no se tiene experiencia previa como son los árboles transgénicos, los microorganismos transgénicos, los transgénicos con genes apilados, los cultivos farmacéuticos, etc.

Desde hace algunos años la Secretaría estableció un grupo de expertos en el tema  (GEET) para que desarrolle tales documentos.

Los temas a ser tratados en esta reunión son:

a)        Respaldar la Orientación y apoyar su utilización y aplicación por las Partes, otros gobiernos y organismos pertinentes, en su versión actual, en casos reales de evaluación del riesgo y como herramienta para actividades de creación de capacidad en evaluación del riesgo;
 b)       Agregar preguntas sobre el uso de la Orientación en el formato de los terceros informes nacionales acerca de la aplicación del Protocolo, incluidas sugerencias para posibles mejoras;
 c)       Establecer un mecanismo para actualizar la Orientación,  con miras a tener una versión actualizada de la Orientación para la novena reunión de la COP-MOP y teniendo en cuenta que la Orientación tiene la finalidad de ser un “documento en evolución”;
 d)       Mejorar el mecanismo establecido en el párrafo 6 de la decisión BS-VI/12 para actualizar los documentos de antecedentes de la Orientación 
 e)       Considerar, en su novena reunión, la necesidad de un mecanismo de mediano o largo plazo para futuras actualizaciones de la Orientación;
Respecto de la creación de capacidad en evaluación del riesgo
 f)        Respaldar el paquete de alineación de la Orientación y el Manual como una herramienta en línea útil para, entre otras cosas, la creación de capacidad en evaluación del riesgo;
 g)       Pedir al Secretario Ejecutivo que, dependiendo de la disponibilidad de fondos:
 i)        Lleve a cabo actividades de creación de capacidad en evaluación del riesgo utilizando el paquete alineado para facilitar el uso y la aplicación de la Orientación en su versión actual;
 ii)       Elabore una herramienta de aprendizaje interactiva basada en el paquete alineado, y la publique por conducto del Centro de Intercambio de Información sobre Seguridad de la Biotecnología en todos los idiomas de las Naciones Unidas, con miras a lograr una forma más eficaz con respecto a los costos para brindar capacitación en materia de evaluación del riesgo;
 h)       Pedir al Fondo para el Medio Ambiente Mundial e invitar a las Partes, otros gobiernos y organizaciones internacionales a proporcionar fondos y asistencia en especie para ejecutar las actividades de creación de capacidad incluidas en estas recomendaciones, según proceda;
Respecto del desarrollo de orientación adicional sobre aspectos específicos de la evaluación del riesgo
 i)        Extender el mandato del Foro en línea de composición abierta para expertos en evaluación del riesgo y gestión del riesgo y el GEET en evaluación del riesgo y gestión del riesgo para trabajar principalmente en línea, con funciones revisadas, para el desarrollo de orientación adicional en los siguientes temas priorizados según las necesidades indicadas por las Partes con miras a avanzar en el logro de los objetivos operacionales 1.3 y 1.4 del Plan Estratégico y sus resultados:
 i)        Evaluación del riesgo de los organismos vivos modificados introducidos en centros de origen y de diversidad genética;
 ii)       Evaluación del riesgo de los microorganismos vivos modificados y virus;
 iii)      Evaluación del riesgo de los peces vivos modificados;
 j)        Pedir al Secretario Ejecutivo que continúe facilitando la labor del Foro en línea y el GEET de conformidad con las modalidades de trabajo establecidas en la decisión BS-VI/12;
Respecto de la determinación de organismos vivos modificados o rasgos específicos que i) puedan tener o ii) es poco probable que tengan efectos adversos en la conservación y utilización sostenible de la diversidad biológica, teniendo también en cuenta los riesgos para la salud humana
 k)       Acoger con beneplácito la creación de secciones en el Centro de Intercambio de Información sobre Seguridad de la Biotecnología para presentar y recuperar información sobre organismos vivos modificados o rasgos específicos que puedan tener o es poco probable que tengan efectos adversos en la conservación y utilización sostenible de la diversidad biológica, teniendo también en cuenta los riesgos para la salud humana;
 l)        Instar a las Partes, otros gobiernos y organismos pertinentes a continuar presentando, a través del Centro de Intercambio de Información sobre Seguridad de la Biotecnología, información científica que podría ayudar en la identificación de esos organismos vivos modificados o rasgos específicos;
 m)      Pedir al GEET que considere si se necesita orientación adicional en el contexto del Objetivo operacional 1.4 del Plan Estratégico del Protocolo de Cartagena, es decir “OVM o rasgos que puedan tener efectos adversos: desarrollar modalidades de cooperación y orientación para determinar los organismos vivos modificados o rasgos específicos que puedan tener efectos adversos para la conservación y utilización sostenible de la diversidad biológica, teniendo también en cuenta los riesgos para la salud humana”.


El Protocolo complementario de Nagoya y Kuala Lumpur

Este protocolo complementaria trata los temas de responsabilidad y compensación por cualquier impacto producido por el movimiento transfronterizo de transgénicos.

Este protocolo fue adoptado luego de un largo y doloroso proceso de negociación y aun no entra en vigencia al no haber el suficiente número de países que se adhieran a el.

De América Latina han firmado y ratificado este Protocolo los siguientes países: Brasil, Colombia, Perú, Panamá (sólo ha firmado) y México ha firmado y ratificado.

Los temas a ser considerados en esta reunión son:

a)        Acoger con satisfacción a aquellas Partes en el Protocolo de Cartagena sobre la Seguridad de la Biotecnología que depositaron su instrumento de ratificación, aceptación, aprobación o adhesión al Protocolo Suplementario;
b)        Hacer un llamamiento a otras Partes en el Protocolo de Cartagena sobre la Seguridad de la Biotecnología para que agilicen sus procesos internos y depositen su instrumento de ratificación, aceptación, aprobación o adhesión al Protocolo Suplementario lo antes posible, con vistas a garantizar la entrada en vigor del Protocolo Suplementario a tiempo para la octava reunión de la Conferencia de las Partes que actúa como reunión de las Partes en el Protocolo de Cartagena sobre Seguridad de la Biotecnología;
c)        Hacer un llamamiento a los Estados que son Partes en el Convenio, pero que no son Partes en el Protocolo de Cartagena sobre Seguridad de la Biotecnología para que ratifiquen, acepten, aprueben o se adhieran al Protocolo, según proceda, sin más dilación, para que puedan convertirse también en Partes en el Protocolo Suplementario;
d)        Invitar a las Partes y organizaciones pertinentes a aportar contribuciones financieras con miras a facilitar la organización de más actividades de concienciación y creación de capacidad, así como la preparación de una guía explicativa para agilizar la entrada en vigor y aplicación del Protocolo Suplementario.

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