No a Prohibición de Comercializar Semillas NO Inscritas en la Unión Europea

La abogacía de la UE da la razón a Kokopelli y las semillas tradicionales

Concluye que no se puede prohibir comercializar semillas de variedades no inscritas.

La Asociación Kokopelli por la liberación de las semillas y el humus fue condenada en 2008 a pagar 125.000 euros por ofrecer al público 461 variedades agrícolas antiguas, no inscritas en el catálogo oficial de variedades agrícolas de la república francesa. Ante dos condenas, Kokopelli presentó sendos recursos frente a la corte de apelación, la cual consultó al tribunal de justicia de la UE en relación a los argumentos expuestos en los recursos. En ellos se cuestionaba la validez de la normativa europea, en la medida en que impone restricciones de producción y de comercialización a las semillas y plantones antiguos.

La abogada general de tribunal de justicia de la UE (TJUE) emitió en enero sus conclusiones al respecto, y plantea que las normas de admisión de semillas en el catálogo oficial carecen de relación con la salud de los vegetales y que, por otra parte, corresponde a los agricultores la decisión sobre las variedades que quieren cultivar. Por último, reconoce que esta legislación limita considerablemente las posibilidades de eleeción de los consumidores quienes no pueden acceder a alimentos ni a otros productos derivados de variedades que no cumplan con las condiciones de admisión, ni las pueden cultivar ellos mismos. Las conclusiones reconocen que la actual normativa europea de semillas es desproporcionada, y plantean la necesidad de relajar la normativa para no marginar el uso de las semillas tradicionales. Asegura que esta rigidez pone en peligro la reproducción de la biodiversidad cultivada europea la cual ya está desapareciendo a un ritmo rápido.

La asociación Kokopelli se muestra muy feliz de anunciar que estas conclusiones nos dan totalmente la razón, ya que el magistrado concluye la invalidez de prohibir la comercialización de semillas de una variedad no inscrita en el catálogo oficial. Para Maria Carrascosa, presidenta de la red de semillas resembrando e intercambiando, estas conclusiones son la primera manifestación de tribunales en la unión europea en la que se pueden apoyar las organizaciones que luchan por el uso y la conservación de la biodiversidad agrícola, a pesar de que la justificación se basa en la defensa del libre mercado. Será interesante ver qué pasa a partir de ahora, ya que las grandes empresas semilleras no lo va a aceptar. Las conclusiones del TJUE podrían suponer la revisión de la normativa de semillas de la UE y en los estados miembros, de cara a permitir el uso, producción, intercambio y comercialización de semillas tradicionales, las cuales no encajan en los requisitos de los catálogos oficiales actuales

Daniel López

La fertilidad de la tierra nº 48, primavera 2012, pag. 44.

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